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El 347 y un señor de Murcia

Hace casi sesenta años, un consagrado Miguel Mihura, después de una exitosa carrera, obtuvo el Premio Nacional Calderón de la Barca por la célebre obra de teatro “Ninette y un señor de Murcia”.

La comedia se estrenó en el teatro de la Comedia de Madrid el 3 de septiembre de 1964.  Hoy, en unos días la comedia ha tornado en drama que, a semejanza de la exitosa representación, se ha desarrollado en un prólogo y dos actos.

PRÓLOGO:

“En el principal despacho de Génova, 13, sede del principal partido de la oposición del país, entra en escena Teodoro, un hombre de provincias que, aparentemente, no debe rebasar los cuarenta años.

El titular del despacho es Pablo, el presidente del partido, que se encuentra reunido con una multitud de asesores: de imagen, de marketing, fabricantes de discursos; angustiado por una victoria amarga que le ha llevado a la necesidad de llegar a acuerdos tras la convocatoria de unas elecciones anticipadas en Castilla y León, y atrapado por sus propias declaraciones en las que ha tratado a toda costa de evitar pactos con Vox.

Incrementa su desazón el liderazgo y popularidad pujante de la vigente presidenta de la comunidad autónoma de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

Teodoro.-  Buenas noches, jefe, tengo algo importante que contarte.

Pablo.- Estamos muy ocupados con el pactómetro.

Teodoro.-  De verdad, esto es más importante, es muy fuerte, la tenemos.

Pablo.- ¿Qué tenemos? ¿A quién?

Teodoro.-  A Isabel.

Pablo.-¿Estás seguro? ¿Son pruebas sólidas?

Teodoro.- Indicios de corrupción, y de la fuente más fiable del país, de la mismísima Agencia Tributaria. El modelo 347.

Pablo.- ¿El 747? ¿Eso qué es, no era un avión?, Boeing, creo recordar.

Teodoro.- No, por lo visto, es una declaración informativa que informa de las operaciones con terceras personas y Tomás, el hermano de Isabel, se ha llevado 300.000 euros en comisiones.

En los días siguientes se han precipitado los acontecimientos hasta concluir en la dimisión del presidente y del secretario general del Partido Popular, culminando en una entrevista en el programa de La Sexta “El objetivo”, conducido por Ana Pastor.

En dicho programa, el secretario general Teodoro García Egea (el señor de Murcia), ha manifestado que la denuncia le llegó de una fuente anónima y que “pese a que, obviamente, no habían hecho nada malo”, optó por dimitir, “que no lo habían cesado” y convocar una gestora para elegir un nuevo líder en el partido.

En el primer acto, la presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, expresó su repulsa a las incriminaciones de su propio partido y aclaró que no había cometido ninguna irregularidad, si bien es cierto que hasta el día siguiente de “explotar la bomba”, no alegó que, en realidad, eran 55.000 euros lo que había percibido su hermano y que el concepto por el que los había percibido no era, exactamente, una comisión.

Como inspector de hacienda quiero defender, en primer lugar, la honorabilidad de los funcionarios de la Agencia Tributaria y exigir que se aclare quién ha entregado esos documentos a la secretaría general del Partido Popular.

Es necesario subrayar que el derecho de los ciudadanos a la privacidad de los datos tributarios viene desarrollado en el artículo 34 de la Ley General Tributaria, “en los términos legalmente previstos, al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes, que sólo podrán ser utilizados para la aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y para la imposición de sanciones, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos previstos en las leyes.” .

Por su parte, el artículo 95 regula el carácter reservado de los datos con transcendencia tributaria, garantizando que: «1. Los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada, y para la imposición de las sanciones que procedan, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros», salvo en los supuestos regulados en los apartados siguientes.

Por supuesto, el incumplimiento de este deber de sigilo supone una infracción grave de los deberes a los que estamos sometidos todos los funcionarios públicos y sujeta a una grave sanción.

También quiero resaltar la importancia de la formación en materia tributaria y de las denostadas declaraciones informativas, como este modelo 347. A estas alturas, desconocemos en qué quedará el expediente de investigación de la controvertida comisión y si supondrá  también la caída de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

Pero es una realidad que en el ruedo político se habla mucho de la armonización del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y de incrementar los tipos mínimos del IRPF, pero, a lo mejor, puede ser que, un simple error en la interpretación del aburrido modelo haya supuesto la quiebra de un partido político y quizás un cambio en el panorama político actual.

A semejanza de Andrés, el joven e ingenuo murciano, que decidió dejar su tierra natal para vivir emociones en París, tal vez el joven Teodoro, que abandonó su Cieza natal para encumbrarse en lo más alto de la cúpula popular, no entendió los complicados apartados de pagos a proveedores, importes, inclusiones y exclusiones de IVA que conforman el odioso y complejo lenguaje tributario.

Quizás, deslumbrado por las luces de Génova, vio amenazado por Isabel Díaz Ayuso el último peldaño que le separaba de la conquista de la Moncloa, junto a su adorado jefe y, al igual que el señor de Murcia, al terminar la función el joven Teodoro se queda, definitivamente, sin ver París, digo… la Moncloa.

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Pablo Fernández Miser

Inspector de Hacienda del Estado. Autor de los libros «El abogado del Porsche» y «El secreto del éxito en las oposiciones»

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