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«Enfermos sin burocracia»

El economista y filósofo Max Weber definía el término «burocracia» como una organización basada en normas y procedimientos normalizados, donde cada individuo tiene su especialidad, su responsabilidad y su división de tareas. Se trata éste de un concepto ciertamente controvertido, manido y poco pacífico, que contiene dos significados casi contrapuestos.

Por una parte, en «burocracia» encontramos el sentido positivo del término, relacionado con la eficacia y eficiencia de las instituciones públicas que le atribuye el propio Weber. Por otra parte, este término incluye también un sentido negativo o peyorativo, relacionado con el excesivo papeleo necesario para resolver un asunto de carácter administrativo.

El pasado 5 de enero de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, a través del cual se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio en el que se regulaban determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.  Se trata de una importante modificación que sirve para simplificar los trámites relacionados con las bajas por enfermedad incapacidad Temporal (IT). Y es que, a partir de ahora, el facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora tan sólo una copia de este, por lo que no será necesario que la persona trabajadora tenga que trasladar una copia de ese parte a la empresa que lo podrá descargar del Fichero INSS Empresas.

La entrada en vigor el 1 de abril de esta importante modificación que simplifica los trámites relacionados con las bajas por enfermedad es, para aquellos que han sufrido, sufren o sufrirán una situación de enfermedad, una magnífica noticia.

Pese a su enorme importancia, parece que esta norma ha pasado inadvertida para la mayoría del ciudadano y solamente aquellos que hemos sufrido una baja de larga duración, lo pudimos recibir con verdadero regocijo, como un valioso regalo de Reyes.

El Real Decreto que acaba de entrar en vigor el 1 de abril establece lo siguiente en su exposición de motivos.

“Efectivamente, los actuales medios electrónicos permiten la puntual comunicación a la empresa, directamente por la administración, de la expedición de los partes médicos. Igualmente resulta posible que aquella comunique a la administración los datos adicionales que esta precise para la gestión y control de la situación de incapacidad temporal y de la prestación correspondiente a la misma, así como de la compensación en la cotización, en su caso, de lo abonado en pago delegado, sin necesidad de la previa presentación del parte por la persona trabajadora.De este modo, además, se evitan a la persona trabajadora obligaciones burocráticas que, precisamente por estar en incapacidad temporal, pueden resultarle gravosas.”

Es muy de agradecer que el legislador se haya acordado de las personas que sufren una incapacidad temporal.  Cualquiera que haya pasado por esta situación coincidirá conmigo en que conforme avanza la enfermedad uno se va sintiendo casi invisible, precisamente en esos momentos en los que necesitas más necesitas atención, compañía, humanidad y cariño. Son esos momentos en los que te sientes especialmente vulnerable, preocupado por la evolución de tu dolencia y deseando volver a encontrarte bien para recuperar tu vida normal.

Con esta norma, que acaba de entrar en vigor a la vez que se estrena el mes de abril, se pretende evitar obligaciones burocráticas que, en algunos casos – más de lo deseable – se convertían en “burrocráticas”, causando al enfermo más preocupación que la propia enfermedad.

Ahora que llevamos meses inmersos en dimes y diretes de lo que el Gobierno llama “modernización” de la Administración Pública, no quiero dejar de subrayar que esta simplificación de los trámites relacionados con las bajas por enfermedad de incapacidad temporal sí que es una verdadera modernización de la Administración. Nunca es tarde para hacer las cosas bien, si tenemos en cuenta que nos encontramos casi al término del primer cuarto del siglo XXI.

Desde luego, por la parte que me toca, agradezco la regulación porque va a beneficiar a todos aquellos que sufran alguna situación de incapacidad y, a partir de ahora, tendrán una obligación menos y podrán centrarse en lo que de verdad importa, que es ocuparse de su enfermedad y de su recuperación.

 

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María Teresa Benito Sánchez

Inspectora de Hacienda del Estado, Vicepresidenta 1ª de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado

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