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Funcionarios a dedo

A estas alturas pocas dudas caben de que los funcionarios, o servidores públicos, son imprescindibles para el funcionamiento en un Estado. Nos estamos refiriendo a médicos, enfermeras, y demás personal sanitario; maestros, técnicos comerciales del Estado, jueces, fiscales, profesores de educación, y un largo etcétera, incluidos los Inspectores de Hacienda del Estado, imprescindibles para aplicar el sistema tributario que proporciona los ingresos necesarios para nuestro estado de bienestar.

Partiendo de esa premisa de necesidad, y en momentos como el que vivimos con una reforma del sistema de selección a la Función Pública encima de la mesa, debemos recordar cuáles son los dos métodos de selección de dichos funcionarios, según estén basados en criterios objetivos y subjetivos.

Al primero de ellos se refiere nuestra Constitución, al establecer en su articulo 103 que la “ley regulará el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones”.

Atendiendo a dichos principios, bien sabemos que nuestro país goza ahora de cuerpos de funcionarios de muy alto nivel, reconocidos por su profesionalidad a nivel nacional e internacional, y eso es consecuencia principalmente de los procesos de selección existentes, cuyo carácter es totalmente objetivo. Si aceptamos esa situación, habría que preguntarse cuáles son los motivos ocultos que justifican el cambio que se quiere hacer ahora en las oposiciones, porque todos los que se han ido soltando como globos sonda pueden ser desmentidos con rotundidad. Cuestión diferente es que quién tiene decidido ya el cambio de sistema quiera oír esos argumentos.

Como ejemplo de selección basado en criterios totalmente subjetivos nos podemos remontar a lo que pasaba en España en el siglo XIX, cuando el Gobierno entrante cesaba a todos sus funcionarios, y nombraba a otros a su imagen y semejanza. Imagínense lo que supondría ahora que, por ejemplo, todos los policías fueran nombrados a dedo, y que se cambiaran cuando hubiera un cambio de Gobierno.

Una sutil forma de incumplir los principios constitucionales

Ahora bien, como en la vida no todo es blanco o negro, hay veces que los grises aparecen de forma “natural”, y ese es el caso de la propuesta anunciada de modificación de las oposiciones de funcionarios. Lo primero que se filtró ponía los pelos de punta, porque se contemplaba eliminar los exámenes memorísticos, y que las pruebas consistieran en un examen tipo test y en una entrevista en la que se valorara la aptitud de la persona para ocupar el puesto de funcionario.

Me caben pocas dudas de que si se llega a implementar ese modelo de acceso la Administración supondría un auténtico desastre y sería una forma sutil de incumplir los principios constitucionales mencionados, volviendo poco a poco al sistema de funcionarios a dedo que existía en el siglo XIX, por las circunstancias que se exponen a continuación.

La primera de ellas es que los políticos quieren tener poder en todos los ámbitos en los que puedan y, a veces, incluso burlando la ley. Para ellos, sería perfecto poder extender su influencia nombrando a jueces, fiscales, inspectores de hacienda, y a todos cuya función les resultara interesante para ejercer ese poder. En este supuesto, se podría cambiar el nombre de servidores públicos por el de servidores de los políticos, seleccionados en una entrevista totalmente subjetiva que valore su “aptitud”.

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La segunda circunstancia que no hay que pasar por alto se refiere a las peculiaridades de la sociedad española, que ha demostrado ser una campeona en el enchufismo y en el caciquismo, definidos respectivamente por la RAE como “influencia o recomendación que permite a una persona obtener un empleo o un beneficio sin méritos suficientes”, y como “intervención abusiva de una persona en un asunto, sirviéndose de su poder e influencia”.

No tendría páginas suficientes para citar ejemplos de situaciones de este tipo en los últimos años, pero como botón de muestra valgan ejemplos de alcaldes que le han hecho la vida imposible a Interventores de la Administración local por cumplir con su obligación, al no acceder a peticiones de saltarse la ley; citar también a los asesores de los políticos que, cuando cambia de signo el gobierno, siguen ocupando puestos públicos de por vida, sin ser funcionarios, y sin haber pasado, por supuesto, ningún proceso objetivo de selección. Por último, señalar que todos los gobiernos se han saltado la ley, por ejemplo, nombrando como directores generales en los ministerios a personas afines políticamente, cuando la ley dice que, salvo excepciones muy justificadas, estos puestos han de ser ocupados por funcionarios de los cuerpos superiores de la Administración.

Quizás la situación más sofisticada de esos tonos grises es el nombramiento de funcionarios por el sistema denominado de libre designación. No se trata ya de que ingresen en la administración funcionarios a dedo, sino de nombrar en los puestos más importantes, a los que ya lo son, pero muchas veces olvidando que los nombramientos por dicho sistema tienen que cumplir también los requisitos constitucionales de mérito y capacidad, según han resuelto los tribunales de forma reiterada. Se ha abusado mucho de ese sistema, por ejemplo, en el proceso de creación de las Comunidades Autónomas, como forma de tener sometido al funcionario a los criterios políticos.

Los puestos de mayor nivel técnico, también de libre designación

Incluso en organismos de reconocido prestigio, como es la Agencia Estatal de Administración Tributaria, muchos puestos de trabajo se han ido cambiando internamente, y en silencio, pasando del sistema de concurso, basado en méritos objetivos, al de libre designación. De esta forma, en el momento actual, la mitad de los Inspectores de Hacienda, que es su cuerpo directivo, son nombrados por dicho sistema, incumpliendo también el Estatuto del Empleado Público que establece el concurso como el sistema normal de provisión de los puestos de trabajo, y el sistema de libre designación sólo para los puestos de especial responsabilidad y confianza. Esta situación en la Agencia Tributaria nos lleva, salvo alguna excepción, a una catarata de ceses y nombramientos difícilmente justificables cuando hay un cambio de gobierno. Y como esa situación se ha ido consolidando en el tiempo, ahora se ha llegado al extremo de que los puestos de más alto nivel técnico, que son los inspectores que comprueban a los grandes grupos económicos del país y a los grandes patrimonios, se seleccionan también por el sistema de libre designación.

En fin, que pasito a pasito, nuestros políticos quieren volver a la España del siglo XIX, y un primer paso importante es la reforma del sistema de acceso, justificado en afirmaciones erróneas de que no es atractivo, o de que hay que captar talento, como si el sistema actual no lo lograra. Y si a ello añadimos la pretendida idea de “profesionalización” de los tribunales de oposiciones, pues, ahora sí, ya lo tendrían todo controlado.

Por supuesto que en la función pública hay muchas cosas mejorables, pero se han lanzado a reformar el sistema de acceso, que justamente funciona razonablemente bien, y sin contar con nadie, porque saben que, si tienen enfrente a los que hemos demostrado talento con este sistema de acceso, se quedan sin argumentos.

José María Peláez Martos

Inspector de Hacienda del Estado

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