La proyectada quiebra del Estado de Derecho plantea graves consecuencias para la configuración jurídica del Ordenamiento, así como para un elemento importante de la Administración que tiene por encargo la ejecución de las funciones y potestades públicas, los funcionarios públicos.
De conformidad con el artículo 103.1 de la Constitución Española, la Administración Pública “sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”. SEGUIR LEYENDO